Aprobaron la Ley Olimpia, que protege a las mujeres de la violencia digital

Aprobaron la Ley Olimpia, que protege a las mujeres de la violencia digital

El Congreso Nacional sancionó la Ley Olimpia, que incorcorpora la violencia digital a la ley 26.485 de violencia contra las mujeres. Hasta ahora, la difusión de fotos y videos sexuales por las redes no estaba considerada en la Ley integral de violencias porque no encuadraba en ninguna figura, pero eso cambiará.

La nueva ley dice:  «Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, secual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal». Esto significa que ya no solo se considera la violencia analógica o física, sino también la que se ejerce desde los dispositivos y en las redes, que son en definitiva la nueva gran forma de relacionarse que se impuso en el mundo.

Desde ahora, si en una relación una mujer le manda a un varón una imagen o un video íntimo y esa foto o video es compartida sin su permiso, será considerado como violencia de género. Lo mismo si esas imágenes son robadas y difundidas, si se extorsiona con ellas, o si la mujer es grabada sin su consentimiento en relaciones sexuales.

La iniciativa además plantea la obligación de promover programas de concientización y alfabetización digital y hacer hincapié en la  identificación de las violencias digitales durante las clases de educación sexual integral que se dictan en las escuelas.

La Ley Olimpia apunta a prevenir, asistir y acompañar a las víctimas de violencia digital y se complementa con la Ley Belén, que todavía es un proyecto, que busca la incorporación de este tipo de violencia como delito en el Código Penal.

A partir de esta nueva ley,  un juez podrá ordenar que el agresor cese los actos de perturbación o intimidación en redes, prohibir el contacto con la víctima a través de cualquier medio tecnológico o disponer que las redes o las páginas web suspendan contenidos que sean considerados como violencia de género digital.

La norma lleva el nombre de la activista mexicana Olimpia Coral Melo, que sufrió la extorsión de su ex pareja con la difusión de un video sexual sin su consentimiento y a partir de ese momento se dedicó a promover esta legislación en distintos países.

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