Tiempo compartido, ¿”tiempo perdido”?

Graciela adquirió un tiempo compartido en una reunión donde le ofrecieron regalos de todo tipo. Hoy el servicio no le conviene, pero si quiere rescindir el contrato debe pagar un monto adicional. En esta nota te damos algunos consejos para que no te hagan perder el tiempo.

El Dr. Esteban Otero, especialista en derecho del consumidor, nos hace una advertencia inicial: “Cuando uno contrata un servicio de tiempo compartido, no está adquiriendo un inmueble. A veces los vendedores nos hablan de que estamos tomando posesión de una casa o departamento, sin embargo no es un modo de dominio” Algunos consejos La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Bs.As. recomienda a la hora de adquirir un tiempo compartido: -Lea con cuidado las condiciones del contrato, el plazo y sus beneficiarios. -Analice las características del lugar al que iría y si es lo que realmente quiere. No lo considere como una inversión inmobiliaria, las reventas suelen ser difíciles y poco lucrativas. -Pregunte por los costos adicionales, los cargos anuales y de mantenimiento y los precios de los servicios del lugar en donde se alojará. -Constate que en el contrato existan cláusulas que permitan la cancelación del contrato y examine cuales son sus consecuencias. -Verifique que en el contrato no haya espacios en blanco. El Dr. Otero además recomienda: “Pida copia del contrato firmada por la empresa. Usted tiene derecho a tenerla. Consulte antes de firmar a un abogado que conozca sobre el tema. ¿Y si ya firmé y el servicio que me prestan no es bueno? Puede hacer la denuncia en cualquier secretaría de defensa del consumidor. En este lugar se buscará que logre un acuerdo económico con la empresa vendedora. De no ser así y si la empresa estuviera incumpliendo la ley de defensa del consumidor, se le podrá aplicar una multa.

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